1) Esta medida será aplicada para quienes, hasta el 31 de octubre, no registren aportes por al menos 12 meses consecutivos. Asimismo, se aprobó liberación extraordinaria para aquellos afiliados diagnosticados con enfermedades oncológicas y hematológicas.

2) Este retiro se ejecutará tres armadas. Se abonará al afiliado el equivalente a 1 UIT cada 30 días calendarios hasta el segundo desembolso; mientras que en el último desembolso se entregará el restante que complete -de ser el caso- los S/17.200.

3) Además, se permite el retiro extraordinario de hasta 1 UIT para quienes no registren aportes en el mes de octubre y que no apliquen a los criterios para el retiro de las 4 UIT. Dicho retiro se realizará en una armada y a los 30 días de presentada la solicitud.

4) Por último, permite un retiro excepcional de hasta 4 UIT para aquellos afiliados que sufran enfermedades oncológicas y/o hematológicas. Este retiro se efectuará en una sola armada.

Cabe señalar que la propuesta será enviada al Poder Ejecutivo para su revisión.